1º. Exclusión de Relación Laboral
1º. Exclusión de Relación Laboral.
Las prácticas laborales en cualquiera de sus modalidades
(Docencia-Servicio o Vinculación Formativa) son de carácter
estrictamente académico y pedagógico; por consiguiente,
no constituyen relación de trabajo ni generan vínculo
laboral de ninguna índole entre el estudiante y el
Instituto CERS o la entidad/escenario de práctica.
2º. Asignación de Modalidad y Escenario
2º.
La asignación de la modalidad y el escenario de práctica
será determinada por el Instituto CERS, en consonancia
con el programa laboral del estudiante, los convenios
o acuerdos formalizados con los escenarios de práctica
y la normativa vigente.
3º. Certificación de Equivalencia de Experiencia Laboral Previa
3º. Certificación de Equivalencia de
Experiencia laboral Previa.
La expedición de la Certificación de Equivalencia de
Experiencia laboral Previa se realizará exclusivamente
respecto de los programas y modalidades de formación
en los que resulte procedente, de conformidad con la
normativa vigente aplicable. Este trámite se gestionará
mediante el procedimiento institucional establecido
para tal fin y no sustituye las constancias de realización
de las prácticas laborales ni los demás documentos
exigidos para su acreditación. Las prácticas de los
programas del área de la salud desarrolladas bajo la
relación docencia-servicio se regirán por la normativa
específica aplicable.